La renta de no residentes en España es un impuesto con una mayor demanda en los últimos años. Este impuesto de la renta de no residentes afecta a aquellas personas que residan fuera de España más de 182 días seguidos y obtengan el certificado de residencia fiscal del nuevo país de residencia y lo comuniquen a la Agencia Tributaria Española a través del modelo 030.
Por una parte hay que declarar el incremento de patrimonio obtenido con la venta de un inmueble y por otro lado hay que declarar los rendimientos obtenidos por alquilar una vivienda en España o bien por el simple hecho de tener en propiedad una casa en España.
En el caso de tener un inmueble en propiedad, debemos realizar la declaración de la Renta de no residentes a través del modelo 210, declarando la imputación del inmueble en el año siguiente al ejercicio que estemos declarando, es decir durante el 2014 declararemos la inputacion de nuestro inmueble del año 2013.
Cosa diferente es haber tenido alquilado una vivienda, pues entonces la declaración pasa a ser trimestral en vez de anual, y a declararse en el modelos de la renta de no residentes (modelo 210) en el mismo ejercicio de su devengo. Con respecto a la base imponible de los rendimientos de capital inmobiliario que proceden de una vivienda en alquiler, éstos son diferentes en función del país de residencia que nos encontremos, es decir habrá que diferenciar si nos encontramos residiendo en Europa o no, pues podremos acceder a deducirnos una serie de gastos en función del pais en que nos encontremos.
Sin embargo si el rendimiento es negativo, una vez deducidos los gastos que legalmente se establecen, la declaración pasa a ser nuevamente anual.
Para esta o cualquier otra información referente a la renta de no residentes, rogamos se pongan en contacto con nosotros en el 917262385, a través de nuestra web o por correo electrónico a francisco@gestoriafgm.es
Estimados Señores, soy José de 58 años y tengo una pregunta sobre la declaración de renta de no residente. Yo tengo la residencia en Alemania desde hace más de 45 años, casado con una alemana y trabajando, tengo un inmueble en Chipiona y lo usamos solamente para las vacaciones unas 6 semanas al año. Mi pregunta es si yo tengo que hacer una declaración de renta en España con el modelo 210 en mi situación. Muchas gracias y se lo agradecería enormemente por una información.
Efectivamente, como propietario de un inmueble en España y siendo residente fuera de España y por tanto NO RESIDENTE en España está obligado a presentar y abonar el modelo 210 todos los años. Debe presentar el mencionado modelo 210 durante el siguiente año al de presentación. Es decir durante todo el año 2018 debe realizar la presentación del modelo 210 referente al ejercicio 2017. Todo ello por supuesto en plazo. De estar interesado desde la Gestoría FGM podemos confeccionar y presentar de forma telemática por usted este modelo 210 con nuestro Certificado Digital profesional para presentar declaraciones de hacienda en nombre de terceros.
Un saludo y muchas gracias